Así lo decidió la Legislatura Porteña. No podrán circular por las veredas y no deberán superarlos 25km/h

La movilidad en la ciudad es, sin dudas, uno de los grandes temas de discusión: debe resolverse la circulación de millones de personas que se mueven diariamente por la ciudad de forma tan efectiva como amigable con el medioambiente.

Ahora, la Legislatura Porteña acaba de aprobar un proyecto que propone solucionar, aunque sea en parte, ese problema: se aprobó el uso de monopatines eléctricos en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.

Según las define la ley, estos son “vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos”. Las mismas podrán circular por bicisendas, ciclovías y ciclocarriles. Además, para aprobar su uso debió modificarse el Código de Tránsito y Transporte local.

Según se estipuló, su motor deberá ser de 500 watts y su límite de velocidad de 25 km/h. Un fragmento del texto justifica esta nueva ampliación de esta manera: “Ante su utilización cada vez más común por parte de las personas que se desplaza por la Ciudad, es importante avanzar en su regulación a los fines de cubrir el vacío normativo relativo a sus condiciones de circulación y atender eventuales problemas de convivencia en el espacio público, indispensables para el fomento de una movilidad sostenible y segura”.

Según estipula la ley, estos rodados no podrán circular por aceras y sólo podrán ser conducidos por mayores de 16 años. Para garantizar la seguridad, deberán tener sistema de frenos que actúe directamente sobre sus ruedas, así como también timbre o bocina, elementos refractantes y al menos una luz delantera y otra trasera.