El oficialismo presentó un texto para penar con 100 mil pesos o 60 días de cárcel a quien “omita” recaudos exigidos por normas vigentes.

Tras la muerte de cinco personas en una fiesta electrónica en Costa Salguero, el gobierno de la Ciudad pasó por distintos estados. Sintió que perdió la iniciativa política cuando el jueves de la semana pasada el juez Gallardo, viejo enemigo del PRO, prohibió hacer fiestas electrónicas en el ámbito porteño hasta tanto la Ciudad no presentara un plan adecuado.

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El gobierno condenó la movida de Gallardo, que quedó sin efecto al poco tiempo por intervención de otro magistrado. Aún así, el Ejecutivo pareció dar pocas señales de acción. Dio el visto bueno para que en la Legislatura se pidan informes, pero su afán de indagación no fue más allá: frenó en el Recinto una comisión investigadora que detalle el entramado de sociedades y concesiones que vinculan a grupos empresarios afines al gobierno.

De todos modos, ahora el oficialismo porteño sale fuerte a tensar las regulaciones. Hoy en la Legislatura se presentó el expediente 1145-D-2016, que lleva la firma de Daniel Presti (PRO), y lleva de coautores a José Acevedo, Ocatvio Calderón, Mercedes de las Casas y Juan Pablo Arenaza.

Se llama “Incorpórese Al Título Iv, Capítulo Iii Del Anexo De La Ley N° 1.472, El Art. 96bis. – Omitir Recaudos Durante Un Evento Masivo De Música Electrónica”.

Su artículo primero reza: “Incorpórese al Título IV, Capítulo III del Anexo de la Ley N°1.472 el siguiente artículo: Artículo 96bis – Omitir recaudos durante un evento masivo de música electrónica. Quien omite los recaudos exigidos por la legislación vigente o por la autoridad competente durante un espectáculo masivo de música electrónica, es sancionado/a con multa de cien mil ($100.000) pesos o arresto de sesenta (60) días, clausura del establecimiento e inhabilitación por el plazo máximo establecido por la ley para obtener cualquier autorización, habilitación o licencia para organizar o promover tales espectáculos”.

“Cuando la contravención sea cometida por una persona de existencia ideal, la inhabilitación se hará extensiva a sus directores o representantes legales por el mismo plazo. Admite culpa”, concluye el artículo.

En los fundamentos, se dice sobre esta iniciativa: “El presente proyecto de ley tiene por finalidad incorporar al Código Contravencional de la Ciudad una sanción para quienes omitan los recaudos establecidos ya sea por la normativa vigente o por la autoridad competente, en el marco de un evento masivo de música electrónica”.

“Los lamentables sucesos acontecidos en el evento Time Warp Buenos Aires, el 15 de abril del corriente año, nos obligan a reflexionar sobre el tema y a evaluar la creación de distintas herramientas para desincentivar y sancionar la omisión, dolosa o culposa de algunos de los recaudos que le puedan ser exigidos para el otorgamiento de los permisos para dichos eventos”, añade el texto PRO.

“Sin perjuicio de que el incumplimiento de los recaudos establecidos pueda dar lugar a la suspensión del evento por parte de la autoridad competente, mediante el presente proyecto se pretende que tal conducta sea un delito contravencional, autónomo, con sanciones que sean acordes con las consecuencias que podrían generar”, destacan sus hacedores.

“En ese sentido, se propone como sanciones las máximas permitidas por la ley, tanto para las penas principales como para las accesorias de clausura e inhabilitación especial para obtener cualquier autorización, habilitación o licencia para organizar o promover eventos de tal naturaleza”, enfatizan en la bancada oficialista.

“Se establece además que en caso de que el contraventor sea una persona jurídica, la inhabilitación se extenderá a los directores o representantes legales de la misma. En consecuencia, se eleva este proyecto a la consideración de la legislatura”, concluyen los fundamentos.